Hay una realidad: trabajo asalariado/subordinado/común (relación
trabajador-empresario).
En la actualidad el Derecho del Trabajo no sólo se ocupará de la realidad
anterior, también se ocupará del sistema de relaciones laborales, que vendrá
constituido por: organizaciones profesionales (patronales, sindicatos,
delegados de personal y comités de empresa) y actos o prácticas jurídicas que
lleven a cabo esas organizaciones profesionales (sindicatos: convenios
colectivos en negociación colectiva, huelga; cierre patronal,...).