- Generalidades. Procedimiento ante los Tribunales. Conflicto Constitucional. Antecedentes Internacionales. Antecedentes Nacionales.s 6. Antecedentes Nacionales 7. Bibliografía
1. Introducción
El instituto de "juicio abreviado" fue incorporado en nuestro ordenamiento jurídico a partir de la sanción de la ley 24.825, dicha ley fue promulgada el 11 de Junio de 1997. Por medio de la citada ley se agrega en el Código Procesal Penal de la Nación, en el Libro III, Título II, en el capítulo IV, el artículo 431 bis, que dice:...
2. Generalidades
El propósito es "... evitar el juicio oral y publico, cuando él no sea imprescindible para arribar a una sentencia que resuelva el caso, con respeto de los principios de legalidad y verdad..."; piensa obtenerse a través de la prueba reunida en la investigación preparatoria cuando sea idónea a tal fin, sin que sea necesario reproducirla en un debate, al criterio de los sujetos esenciales de proceso. El principio de legalidad subsiste porque no se implanta criterio de oportunidad de alguno; deben respetarse las penas establecidas en el código penal ni cabe aceptar una calificación diferente de la prescripta o admitir como probado un hecho diferente lo ocurrido o como real uno no acreditado que el acusado participó cuando no lo hizo. No se prescinde del principio de verdad ni se admite una verdad consensuada; la sentencia habrá de sustentarse en la prueba recogida durante instrucción y no en la mera confesión...
3. Procedimiento Ante Los Tribunales
Recibida la solicitud por el juez de instrucción, este la remite que al tribunal de juicio; quien debe tomar conocimiento personal del imputado y escucharlo si este así lo desea. Pueden darse dos situaciones:...
4. Conflicto Constitucional
Todos los jueces pueden ejercer el control de constitucionalidad de las leyes, el control es difuso y se aplica respecto al caso concreto a resolver. Al juez le incumbe la aplicación del derecho iura novit curia, suple el derecho no invocado por las partes o invocado erróneamente, depende de las partes en lo que tiene que fallar pero no en el cómo... ...