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La Letra de Cambio y el Pagaré

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Temario del curso
- La letra de cambio. Pagaré. Personas que intervienen. Parte legal. Diferencias entre la letra de cambio y el pagaré. Ubicación en el balance general. EfecL
DIFERENCIA ENTRE LETRA DE CAMBIO Y PAGARÉ
UBICACIÓN EN EL BALANCE GENERAL
EJEMPLO DE LETRA DE CAMBIO
EJEMPLO DE PAGARÉ
EFECTOS POR COBRAR
IMPORTANCIA DE LOS EFECTOS POR COBRAR
UBICACIÓN EN EL BALANCE GENERAL
EFECTOS ENVIADOS AL COBRO
Procedimiento PARA ENVIAR
EFECTOS O GIROS AL COBRO
EJEMPLO DE EFECTO ENVIADO AL COBRO
EJEMPLO DE EFECTOS DESCONTADOS
CONCLUSIONES
BIBLIOGRAFIA

  • INTRODUCCION

      Las letras de cambio y el pagaré constituyen documentos de crédito que pasan a formar parte en el balance general de los Efectos a cobrar ó a pagar, dependiendo de la transacción realizada...


  • LA LETRA DE CAMBIO

      La letra de cambio, denominada en nuestro país "giro", es un documento mercantil que contiene una promesa u obligación de pagar una determinada cantidad de dinero a una convenida fecha de vencimiento. Y constituye una orden escrita, mediante el cual una persona llamada Librador, manda a pagar a su orden o a la otra persona llamada Tomador o Beneficiario, una cantidad determinada, en una cierta fecha, a una tercera persona llamada Librado.


  • PERSONAS QUE INTERVIENEN EN UNA LETRA DE CAMBIO

      El Librado o girado: la persona a la que se da la orden de pago (quien debe pagar), es el destinatario de la orden dada por el librador. El Código de Comercio requiere que en la Letra de Cambio se diga el nombre del Librado, es decir, el nombre del que debe pagar (Art. 410, Ord. 3)...


  • PARTE LEGAL

      La Letra de Cambio debe contener los siguientes requisitos como indispensables (Artículo 410 del Código de Comercio)...


  • EL Pagaré

      Es un título valor o instrumento financiero muy similar a la letra de cambio y se usa, principalmente para obtener recursos financieros. Documento escrito mediante el cual una persona se compromete a pagar a otra persona o a su orden una determinada cantidad de dinero en una fecha acordada previamente. Los pagarés pueden ser al portador o endosables, es decir, que se pueden transmitir a un tercero...


  • PERSONAS QUE INTERVIENEN EN EL PAGARÉ

      Librador: es quien se compromete a pagar la suma de dinero, a la vista o en una fecha futura fija o determinable...


  • PARTE LEGAL

      A continuación se presentan algunos artículos del Código de Comercio Venezolano, que hacen referencia al pagaré..


  • DIFERENCIA ENTRE LETRA DE CAMBIO Y PAGARÉ

      Entre la letra de cambio y el pagaré, son muy pocas las diferencias que entre ellas existen, ya que incluso según la legislación venezolana, el art. 487 del Código de Comercio, establece que las mismas disposiciones para las letras de cambio son aplicables al pagaré; sin embargo, hemos encontrado dos diferencias, a saber..


  • UBICACIÓN EN EL BALANCE GENERAL

      LETRA DE CAMBIO:

      Si el librado es la empresa, deberá registrase en el pasivo, específicamente en el pasivo circulante, con la cuenta efectos por pagar. Ahora bien, si el beneficiario o tomador es la empresa, deberá colocarse en el activo, específicamente en el activo circulante, con la cuenta efectos por cobrar...


  • EJEMPLO DE LETRA DE CAMBIO

      Wilmeida Ochoteco, adquiere mobiliario por un monto de Bs. 1.500.000,00 en Tiendas "El Faro" ubicada en Maracay, el día 15-10-98, y firma dos letras de cambio, pagaderos en dos meses, la 1/2 Bs. 765.000,00 y la 2/2 por Bs. 757.500,00 con intereses al 12% anual...


  • EJEMPLO DE PAGARÉ

      Keimar Acosta, solicita un pagaré en el Banco Provincial por Bs. 1.000.000,00, en fecha 30-10-98, pagaderos en 90 días, con una tasa de interés del 12% anual, y el banco le deposita el neto en su cuenta de ahorros No. 02136-98E, una vez deducido los intereses y los gastos bancarios por Bs. 2.500,00...


  • EFECTOS POR COBRAR

      Ya fueron descritas las partes legales más importantes relacionadas con la Letra de Cambio y el Pagaré; ahora, se presentarán las mismas desde el punto de vista contable...


  • IMPORTANCIA DE LOS EFECTOS POR COBRAR

      Los efectos a cobrar (letras de cambio y pagarés), tienen un valor entendido y por lo tanto representan una garantía efectiva para recuperar el valor de los mismos. Ya que el Código de Comercio establece la normativa que debe realizarse en los recursos o acciones contra los endosantes, el librador y los demás obligados en caso de falta de pago de tales efectos...


  • UBICACIÓN EN EL BALANCE GENERAL

      LETRA DE CAMBIO:

      Deberá colocarse en el activo, específicamente en el activo circulante, con la cuenta efectos por cobrar...


  • EFECTOS ENVIADOS AL COBRO

      Cuando una empresa tiene problemas para el cobro de sus letras o giros: ya sea por que no tenga departamento de cobranzas, o que tenga clientes en zonas o ciudades muy distantes, lo que hace anti-económico cobrarles directamente; en estos casos, las letras de cambio pueden ser enviadas al Banco para que éste las cobre, es decir, el Banco sirve de intermediario de la empresa para cobrar los giros. Debe quedar claro que en este caso el Banco NO ANTICIPA el valor del documento, sino que solamente hace las funciones de cobrador y por ello percibe cierto porcentaje por comisión sobre los giros...


  • Procedimiento PARA ENVIAR

      EFECTOS O GIROS AL COBRO
      La empresa envía al Banco la Letra para su cobro...


  • EJEMPLO DE EFECTO ENVIADO AL COBRO

      El día 10 de noviembre de 1998 el Consorcio Crespo ý Galindo y Asociados, C.A. remite al Banco Provincial en gestión de cobro efectos comerciales, por un nominal de Bs. 250.000...


  • EJEMPLO DE EFECTOS DESCONTADOS

      El día 10 de noviembre de 1998 el Consorcio Crespo ý Galindo y Asociados, C.A. remite al Banco Provincial en gestión de cobro efectos comerciales, por un nominal de Bs. 250.000. El Banco Provincial abona en la Cta. Corriente el líquido, después de deducir su comisión por Bs. 10.000...


  • CONCLUSIONES

      Tanto la Letra de Cambio como el Pagaré son documentos de crédito de mucha importancia para realizar las transacciones legales en cualquier país. En Venezuela, esas transacciones tienen su base legal en el Código de Comercio Vigente, en donde se estipula todo lo referente a las mismas...


  • BIBLIOGRAFIA

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